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Protencción Humanitaria

Protección y alivio para quienes enfrentan peligro o dificultades

Protencción Humanitaria

Visa U

En Tello Law Firm, estamos comprometidos a ayudar a las víctimas de delitos a obtener protección legal y autorización de trabajo en los Estados Unidos a través del proceso de la Visa U. Esta visa ofrece estatus legal temporal y un camino hacia la residencia permanente para quienes han sido víctimas de delitos graves, como violencia doméstica, agresión sexual, trata de personas, entre otros. Además, permite trabajar mientras su caso está pendiente.

¿Qué es la Visa U?

La Visa U es una forma de ayuda humanitaria disponible para personas no ciudadanas que han sufrido abuso físico o mental como resultado de un delito calificado y que están dispuestas a colaborar con las autoridades en la investigación o el procesamiento del delito. Si es aprobada, esta visa brinda protección contra la deportación, permiso de trabajo y la posibilidad de obtener la residencia permanente.

Delitos que Califican Incluyen:

  • Violencia doméstica
  • Agresión sexual
  • Trata de personas
  • Secuestro
  • Agresión con agravantes (felonía)
  • Y otros delitos graves

Requisitos de Elegibilidad

  • Ser víctima de un delito calificado
  • Haber sufrido daño físico o mental considerable
  • Estar dispuesto(a) a cooperar con la policía o fiscales
  • Puede aplicar sin importar su estatus migratorio actual

Beneficios de la Visa U

  • Estatus legal temporal por hasta 4 años
  • Documento de Autorización de Empleo (EAD)
  • Protección contra la deportación
  • Camino hacia la residencia permanente y la ciudadanía estadounidense
  • Miembros de la familia también pueden ser elegibles

Nuestra experiencia le guiará a través de todo el proceso, asegurando que reciba la protección y el apoyo que necesita. Contáctenos hoy mismo para programar una consulta y comenzar su camino hacia la seguridad y la estabilidad legal.

Visa T

La Visa T ofrece una protección vital para las víctimas de trata de personas severa, permitiéndoles permanecer temporalmente en los Estados Unidos mientras colaboran con las autoridades en la investigación del delito. Esta visa ofrece un camino hacia la seguridad, el estatus legal, y tras tres años, la posibilidad de solicitar la residencia permanente (Green Card).

Los beneficiarios de la Visa T también pueden solicitar autorización de trabajo, acceder a ciertos beneficios públicos y incluir a miembros elegibles de su familia en la solicitud. Esta visa permite a los sobrevivientes de la trata reconstruir sus vidas con dignidad, libres de explotación y del temor a la deportación.

¿Quién Califica para una Visa T?

Para ser elegible para una Visa T, debe cumplir con ciertos criterios como víctima de trata de personas severa. Puede calificar si:

  • Ha sido víctima de trata de personas, ya sea con fines sexuales o laborales, donde se utilizó fuerza, fraude o coerción en su contra.
  • Se encuentra actualmente en los Estados Unidos como resultado de la trata o en un puerto de entrada.
  • Está dispuesto(a) a cooperar con las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de los traficantes, a menos que hacerlo le cause un daño extremo.
  • Sufriría dificultades extremas si fuera deportado(a) de los Estados Unidos.

Beneficios de la Visa T

La Visa T no solo brinda protección temporal contra la deportación, sino también una variedad de beneficios importantes:

  • Autorización de Trabajo Puede solicitar un permiso para trabajar legalmente en los EE.UU.
  • Camino hacia la Residencia Permanente Después de tres años, puede solicitar la Green Card.
  • Protección Familiar Familiares elegibles también pueden recibir estatus bajo la Visa T para reunirse con usted.
  • Acceso a Beneficios Públicos Puede calificar para ciertos beneficios y servicios estatales y federales que ayudan en su recuperación y adaptación.

¿Qué es la Trata de Personas?

La trata de personas es un delito grave que implica el uso de fuerza, fraude o coerción para explotar a individuos con fines laborales o sexuales. Existen dos tipos principales:

  • Trata Sexual: Reclutamiento, transporte u obtención de una persona para realizar actos sexuales comerciales, mediante el uso de fuerza, fraude o coerción, o si la víctima es menor de 18 años.
  • Trata Laboral: Cuando una persona es forzada a trabajar en condiciones abusivas, como servidumbre involuntaria, trabajo forzado por deudas, u otras formas de explotación laboral.

VAWA - Protección para Víctimas de Abuso Doméstico

La Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) ofrece protección crucial a las víctimas inmigrantes de violencia doméstica, incluyendo tanto a mujeres como a hombres. Esta ley permite que ciertas personas elegibles soliciten la residencia permanente legal (Green Card) sin depender del abusador.

¿Quién Puede Solicitar la Protección Bajo VAWA?

  • Cónyuges que han sufrido abuso por parte de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR).
  • Hijos abusados por un padre/madre que es ciudadano estadounidense o residente permanente.
  • Padres abusados por un hijo ciudadano estadounidense.
  • El abuso no tiene que ser físico—puede incluir abuso emocional, psicológico, financiero o verbal.

¿Cómo Puede Ayudar VAWA?

  • Auto-petición para la Green Card Puede solicitar la residencia legal sin la participación del abusador.
  • Confidencialidad Su solicitud es completamente confidencial para proteger su seguridad.
  • Autorización de Trabajo Si su petición es aprobada, puede trabajar legalmente mientras espera su residencia.
  • Protección Contra la Deportación VAWA puede detener su deportación si está en proceso de remoción.

¿Qué Debe Demostrar Para Calificar?

  • Evidencia del abuso, ya sea físico u otro tipo.
  • Relación con el abusador (cónyuge, padre/madre o hijo).
  • Prueba de buen carácter moral y de que vivió con el abusador en EE.UU.
  • Cómo Documentar el Abuso: Declaraciones personales, Cartas juradas de testigos, Registros médicos, Reportes policiales.

Importante: No necesita haber presentado una denuncia policial ni estar separado de su abusador para solicitar VAWA. VAWA es para mujeres y hombres. No tiene que enfrentar el abuso solo(a)—la ayuda legal está disponible.

Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJ)

El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJ) es una forma de protección migratoria para niños en los Estados Unidos que han sido abusados, abandonados o descuidados por uno o ambos padres. Si es aprobado, este estatus puede conducir a una Green Card (residencia permanente legal), permitiendo que el niño permanezca en EE.UU. permanentemente.

Elegibilidad

  • Tener menos de 21 años al presentar la petición.
  • Vivir en los EE.UU. al momento de presentar la solicitud—las solicitudes desde fuera del país no están permitidas.
  • Estar soltero(a) al solicitar y cuando se decida su caso.
  • Tener una orden de un tribunal juvenil estatal—Algunos estados permiten órdenes judiciales solo hasta los 18 años; otros hasta los 21.
  • Demostrar buena fe—la orden judicial debe basarse en necesidades de protección, no solo para obtener estatus migratorio.

Proceso para el Estatus SIJ:

1.

Obtener una Orden del Tribunal Juvenil

Obtener una orden de un tribunal juvenil estatal que confirme el abuso, abandono o negligencia, y que el estatus SIJ es lo mejor para el menor.

2.

Presentar el Formulario I-360

Enviar la petición de clasificación SIJ a USCIS.

3.

Esperar la Aprobación

Los tiempos de procesamiento varían.

4.

Solicitar la Green Card (Formulario I-485)

Una vez aprobada su I-360 y un número de visa esté disponible, puede solicitar la residencia permanente.

Estatus de Protección Temporal (TPS)

El Estatus de Protección Temporal (TPS) permite que personas originarias de países que enfrentan condiciones peligrosas—como desastres naturales o conflictos armados—permanezcan temporalmente en los Estados Unidos mientras las condiciones en sus países mejoran.

Requisitos de Elegibilidad para el TPS

Para calificar para el TPS, los solicitantes deben:

  • Ser nacionales de un país designado para TPS, o haber residido habitualmente allí por última vez.
  • Haber estado presente de manera continua en EE.UU. desde la fecha de designación del TPS de su país.
  • Cumplir con los requisitos de residencia y no tener ciertas condenas penales o antecedentes que representen problemas de seguridad.

Países Designados para TPS (a febrero de 2025)

Actualmente, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha designado los siguientes países para el TPS: Afganistán, Camerún, El Salvador, Etiopía, Haití, Honduras, Líbano, Myanmar (Birmania), Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Ucrania, Venezuela y Yemen.

Factores de Inelegibilidad para el TPS

Una persona puede no calificar para el TPS si:

  • Ha sido condenada por un delito grave (felony) o dos o más delitos menores (misdemeanors) cometidos en EE.UU.
  • Es considerada inadmisible por motivos migratorios, incluidos antecedentes penales o de seguridad.
  • No cumple con los requisitos de presencia física continua y residencia.
  • No presenta la solicitud dentro del período de registro designado.

Dado que las políticas de TPS pueden cambiar rápidamente y su proceso es complejo, es recomendable consultar con nuestro equipo legal para evaluar su elegibilidad y guiarle durante todo el proceso de solicitud de manera segura y efectiva.

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